Un permiso es el derecho que tienen los trabajadores a interrumpir la presentación de su trabajo a ausentarse del mismo, durante unos días, manteniendo su retribución. A diferencia de la suspensión del contrato de trabajo en la que decaen las reciprocas obligaciones de trabajar y remunerar el trabajo, en los permisos se mantiene el derecho a la retribución.
Los permisos que para cada supuesto se
hallan establecidos en el Art. 37.3 ET constituyen norma mínima y en virtud de
ese principio "deben ser respetados todos y cada uno de los mínimos
establecidos en las norma legal de derecho necesario relativo que en nuestro
caso es el citado precepto", a diferencia de lo que ocurre cuando se
aplica el criterio de norma más favorable; por lo que si en éste se establece
un permiso por razón de muerte o enfermedad grave de parientes de un día en lugar
de los dos días que impone el ET ese precepto debe estimarse contrario a derecho
(STS de 25 de enero de 2011, Rec. 216/2009, TOL 2041672 ).
La empresa es la encargada de verificar que los requisitos para acceder a un permiso se están cumpliendo. Si durante un tiempo continuado los trabajadores han estado disfrutando de permisos retribuidos sin que el empresario haya constatado que se cumplen los requisitos, estaríamos hablando de un derecho adquirido.
En el caso que se analiza sobre un sindicato de una empresa que quiere denunciar a una empresa por querer eliminar los permisos retribuidos que habían estado concediéndose durante un tiempo y ahora quieren quitar al considerarlos erróneos. Finalmente, la jurisprudencia da la razón al sindicato al considerar que implica una condición beneficiosa para los trabajadores.
Artículo doctrinal: https://docs.google.com/document/d/13zG3ybsF4hNO2Jl2ZXQA_w6SYY1VFvgdMvUAVweY3E8/edit#heading=h.xfrmoqf10475
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